4 | Darte de alta en el Registro General de Centros, Establecimientos y Servicios Sanitarios
*Si no vas a llevar a cabo actividades sanitarias, este requisito no es obligatorio.
Según el RD 1277/2003, de 10 de octubre, por el que se establecen las bases generales sobre autorización de centros, servicios y establecimientos sanitarios, para que puedas formar parte del Registro General de centros, establecimientos y servicios sanitarios y por tanto, para que puedas llevar a cabo una actividad sanitaria, necesitarás obtener la autorización de la administración sanitaria de la comunidad autónoma en la que ejerzas profesionalmente.
Dado que existen muchos tipos de centros sanitarios (hospitales, farmacias, clínicas de fisioterapia, etc.) y que la oferta asistencial es enorme, es necesario asignar códigos de clasificación.
A lxs psicólogos nos corresponden los siguientes códigos en la Clasificación de centros, servicios y establecimientos sanitarios:
- C.2.2. Consulta de otros profesionales sanitarios.
- U.900 Otras Unidades Asistenciales. Psicología General Sanitaria.
*Estos códigos los necesitarás para rellenar las solicitudes.
Por otro lado, ten en cuenta que este trámite puede estar sujeto a variaciones en función de la comunidad autónoma en la que se realice. Por eso, y con el fin de facilitarte el proceso, he elaborado un listado de Administraciones de Sanidad en España.
Podrán solicitar la autorización los centros y servicios sanitarios, públicos y privados, ubicados en el ámbito territorial de la comunidad autónoma correspondiente.
Listado de Administraciones de Sanidad
Con esta autorización, por tanto, formarás parte del registro sanitario y podrás ejercer la psicología en el ámbito sanitario con las funciones propias del tipo de habilitación que poseas.
Registro de un Centro o de un Servicio Sanitario
Es obligatorio para aquellos profesionales que quieran ejercer una actividad sanitaria, entendida esta como el «conjunto de acciones de promoción, prevención, diagnóstico, tratamiento o rehabilitación, dirigidas a fomentar, restaurar o mejorar la salud de las personas realizadas por profesionales sanitarios».
Es condición sine qua non que se cumpla, como mínimo, uno de los siguientes requisitos:
- Habilitación Sanitaria (exclusivamente obtenida antes del 6 de octubre de 2014).
- Psicólogo General Sanitario (cursando el Master en Psicología General Sanitaria).
- Psicólogo Especialista en Psicología Clínica (obtenido mediante formación PIR).
Servicio Sanitario
Para darte de alta como Servicio Sanitario (popularmente conocido como “psicóloga/o a domicilio” o «con atención domiciliaria»), como mínimo, necesitarás la siguiente documentación:
- Solicitud de Autorización de Centros o Servicios sanitarios correspondiente. Cada Comunidad Autónoma tiene la suya propia y puede contener anexos específicos. (En los enlaces de más arriba puedes seleccionar tu Comunidad Autónoma y buscar esta solicitud).
- Título de Licenciado/Graduado (copia compulsada).^
- Título o Certificado que te permita realizar actividades sanitarias^(copia compulsadas):
- Título de Master en Psicología General Sanitaria o en su defecto, depósito del título.
- Certificado que te acredite como PEPC.
- DNI en vigor (fotocopia).^
- Certificado de Colegiación (lo puedes descargar del área virtual o solicitarlo en el COP).^
- Memoria de Actividades.
- Otra documentación Específica necesaria para tu Comunidad Autónoma.
*Importante: En el caso de tratarse de un centro sanitario con múltiples profesionales sanitarios, la documentación marcada con este símbolo (^) debe presentarse para cada uno de dichos profesionales.
Centro Sanitario
En caso de tratarse de la autorización de un Centro Sanitario, además de lo anterior, debes incluir también esta documentación:
- Cuestionario sobre características del centro debidamente cumplimentado y firmado.
- Plano del Centro: se trata de un plano de distribución de cada planta, en el que se indica la superficie total del centro, sus dependencias, así como, en su caso, aquellas áreas o instalaciones contempladas en la normativa sobre requisitos básicos para la autorización, aplicable en función del tipo de centro. Debe llevarse a cabo e ir firmados por el técnico competente (arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico, etc.), y visados por el colegio profesional correspondiente.
- Certificado sobre los locales e instalaciones. Realizado por técnico competente (arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico, etc.) en el que se haga constar que el centro dispone de los locales e instalaciones adecuados al fin que se destinan, así como que cumple la normativa correspondiente de condiciones de protección contra incendios y de barreras arquitectónicas.
*Importante: dado que los profesionales habilitados, por ende, ya han solicitado el alta, para solicitar la autorización de un centro sanitario, deben realizar una modificación en su condición y no un alta.
Pasado un periodo de entre 1 y 6 meses (aproximadamente) recibirás, por lo menos, las siguientes notificaciones:
- Solicitud de Pago de Tasa Correspondiente. Una vez recibas este documento, deberás realizar el Pago de Tasas correspondientes y presentar el justificante de pago de dicha tasa.
- Resolución sobre la concesión de la autorización de registro.
- Certificado de Inscripción en el Registro Sanitario en el que se incluye el número de registro.
Del mismo modo, una vez hayas obtenido la autorización, deberías recibir un documento acreditativo con la siguiente información:
- Tipo y finalidad asistencial.
- Dirección y Municipio.
- Fecha de la autorización de apertura y funcionamiento o de la última renovación en su caso.
- Número de inscripción en el Registro de Centros, Servicios y Establecimientos Sanitarios.
- Breve descripción de los derechos de los usuarios y donde puede formular sus quejas o reclamaciones.
*En caso de que no recibas ninguna notificación, ponte en contacto con la delegación de sanidad correspondiente.
**Puede que recibas alguna notificación solicitando que modifiques e incluyas documentación.
- Presencial: Debes acudir a la Dirección Territorial o a la Consejería de Sanidad más cercana y presentar toda la documentación necesaria. (Más arriba tienes un listado de todas las Delegaciones).
- Online: En muchas de las Consejerías se permite el uso de Certificado Electrónico para realizar este tipo de trámites. No obstante, no se puede en todas.
Este es uno de los requisitos más costosos, sobre todo si quieres abrir tu centro. Tendrás que pagar por lo siguiente:
Pago de Tasas
Tasa por servicios sanitarios, autorizaciones sanitarias de centros y servicios sanitarios:
Comunidad |
Coste |
Otros |
Andalucía |
50 € (aprox.) |
– – – |
Aragón |
42,11 € |
– – – |
Asturias |
68,00 € |
Solo se paga tasa si hay inspección. |
Islas Baleares |
0,00 € |
Este año 2017 no se pagan tasas |
Canarias |
100,00 € (aprox.) |
27,92€ (instalación) y 69,76€ (funcionamiento) |
Cantabria |
80,00 € |
Las tasas se pagan cuando hacen la inspección |
Castilla y León |
71,10 € |
– – – |
Castilla la Mancha |
97,84 € |
– – – |
Cataluña |
174,00 € |
+ 26,95 por cada especialidad |
Extremadura |
0,00 € |
Renovación a los 5 años: 97,05 € |
Galicia |
187,13 € |
– – – |
Madrid |
180,00 € (aprox.) |
88,79€ (instalación) y 96,21€ (funcionamiento) |
Murcia |
285,75 € |
Puede ser 0 € bajo ciertas condiciones |
Valencia |
360,61 € |
51,52€ actividad de psicología |
Planos y Certificado
Los planos del Centro y el Certificado correspondiente de las Instalaciones debe ser realizado por técnico competente (arquitecto, ingeniero, arquitecto técnico, etc.). El coste de este servicio es muy variable. A modo estimativo, te diré que puede rondar entre los 200 y los 400€.
Autorización de publicidad sanitaria
Una vez hayas obtenido la autorización santiaria, será necesario que solicites la Autorización de Publicidad Sanitaria de centros y actividades en la Consejería de Salud y Servicios Sanitarios.
Para ello, debe rellenar el impreso correspondiente. Una vez cumplimentado, has de entregarlo, junto con el texto que vas a publicitar, en el Colegio Oficial de Psicólogos que te corresponda.